agosto 2026La Ordenanza Nº 7239/21 de Campana, sancionada el 7 de octubre de 2021 y promulgada el 22 del mismo mes, obliga a instalar plantas depuradoras cloacales anaerobias con tratamiento de oxidación biológica — biodigestores — o sistemas mixtos anaeróbico/aeróbico con lechos percoladores o lechos nitrificantes, para toda parcela sin red cloacal pública al momento de construir. El artículo 1 fija el objeto general de la norma; los detalles de a quién alcanza exactamente y cómo se controla el cumplimiento están repartidos en los artículos siguientes, no todos en el mismo lugar del texto.
En Campana, construir sin cloaca ya no es una zona gris normativa: la Ordenanza Nº 7239/21, sancionada el 7 de octubre de 2021 y promulgada el 22 del mismo mes, fija con precisión de artículo qué sistema hay que instalar, para qué tipo de construcción y quién lo controla. El objeto de la norma, en el artículo 1, es directo: implementar “plantas depuradoras cloacales anaerobias con tratamiento basado en oxidación biológica” — lo que en la calle se conoce como biodigestor — para toda parcela sin red cloacal pública.
A qué construcciones alcanza (artículo 9)
El artículo 9 es el que fija el alcance real, y distingue dos escenarios. Para viviendas unifamiliares en barrios cerrados y en loteos abiertos sin posibilidad de conexión a la red pública al momento de construir, el biodigestor es obligatorio. Para edificios multifamiliares en la misma situación, la obligación es instalar un sistema anaeróbico/aeróbico — no necesariamente el mismo equipo que en una casa individual, dado el volumen de efluente que maneja un edificio. Hay además un umbral por tamaño de terreno: las parcelas de más de 2.000 m² deben resolver el tratamiento sumando un lecho nitrificante, no alcanza con el biodigestor solo.
La Ordenanza Nº 7239/21 de Campana, sancionada el 7 de octubre de 2021 y promulgada el 22, obliga a instalar biodigestor o sistema equivalente — plantas depuradoras cloacales anaerobias con oxidación biológica, o mixtas anaeróbico/aeróbico — para toda parcela sin cloaca al momento de construir, según fija el artículo 1 de la norma.
Quién controla: la Secretaría, no el Concejo
El artículo 7 designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Planeamiento, Obras e Infraestructura Urbana, con tres funciones concretas: aprobar el proyecto antes de que se instale, fiscalizar la instalación una vez hecha, y monitorear los efluentes después. El artículo 10 le da además la potestad de dictar resoluciones técnicas complementarias — es decir, la ordenanza fija el marco general y deja en manos de la Secretaría los detalles técnicos que puedan cambiar con el tiempo (especificaciones de equipos, protocolos de monitoreo) sin necesidad de volver a pasar por el Concejo Deliberante cada vez.
El incumplimiento no se queda en lo municipal
Acá la ordenanza de Campana tiene un matiz que no todas las normas municipales bonaerenses comparten: el artículo 3 habilita denuncias ante autoridades provinciales por incumplimiento, con la posibilidad de que deriven en acciones penales además de las administrativas que puede aplicar el propio municipio. No es solo una multa municipal: quien no cumple queda expuesto a un canal de denuncia que sale de la órbita local.
Lo que distingue a la ordenanza de Campana de otras similares no es tanto la obligatoriedad —eso ya es la norma en varios municipios bonaerenses— sino dos decisiones técnicas concretas: el umbral de 2.000 m² que suma lecho nitrificante (reconoce que un terreno grande no resuelve el tratamiento solo con más biodigestor, necesita más superficie de infiltración tratada) y la habilitación de denuncia provincial en el artículo 3, que saca el incumplimiento de la lógica de "multa municipal que se puede negociar" y lo lleva a un terreno con consecuencias penales posibles. Para quien construye en Campana sin cloaca, el trámite serio empieza en la Secretaría de Planeamiento antes de la obra, no después.
Para comparar con otros municipios y ver qué exige cada uno, mirá municipios que exigen biodigestor en Argentina y, si dudás entre sistemas, pozo ciego, cámara séptica o biodigestor: cuál conviene.
Preguntas frecuentes
¿Qué exige? Biodigestor obligatorio para unifamiliares sin cloaca; sistema anaeróbico/aeróbico para multifamiliares.
¿Desde cuándo? Sancionada el 7 de octubre de 2021, promulgada el 22.
¿Quién controla? La Secretaría de Planeamiento, Obras e Infraestructura Urbana.
¿Qué pasa si no se cumple? El artículo 3 habilita denuncia ante autoridades provinciales, con posibles acciones penales.